ANTECEDENTES

La Constitución Política destina hasta un 6% del PIB al Poder Judicial para la administración de justicia. Esta inversión, única en la región, conlleva una responsabilidad estratégica: asegurar que cada colón se emplee en proteger el orden constitucional, salvaguardar los derechos y libertades de la ciudadanía y enfrentar con eficacia las amenazas reales a la República. En la coyuntura actual, los recursos resultan insuficientes para atender todas las demandas. Recientes publicaciones señalan que apenas 189 jueces deben atender alrededor de 30.000 causas penales. Esta realidad obliga a tomar decisiones firmes, establecer prioridades con inteligencia y redirigir los recursos hacia los verdaderos flagelos sociales: el crimen organizado, la corrupción pública y los delitos graves contra la seguridad nacional.

Hoy la justicia se percibe como lejana y lenta: juicios que tardan años en resolverse, cárceles saturadas que terminan funcionando como escuelas del crimen y familias que sienten que nunca reciben respuesta. Una justicia que dispersa sus esfuerzos en lo accesorio y descuida lo esencial traiciona su misión republicana. La propuesta que aquí se plantea busca una reforma integral de la administración de justicia, para que Costa Rica recupere un sistema judicial eficiente, independiente, moderno y centrado en la protección del ciudadano. La madurez de nuestro Estado de Derecho demanda preservar la unidad de la justicia constitucional y evitar jurisprudencias contradictorias que minen la seguridad jurídica.

La implementación integral de este programa de transformación del sistema de justicia generará resultados medibles y significativos durante el período de gobierno. Se proyecta una reducción de la mora judicial en un 40% en los primeros cuatro años, liberando así miles de millones de colones que actualmente se destinan a la gestión de casos menores y que podrán redirigirse al combate efectivo de delitos de alta criminalidad y crimen organizado.

Este cambio estructural fortalecerá sustancialmente la independencia judicial y restaurará la confianza ciudadana en el sistema de justicia, garantizando que los recursos se concentren en proteger a la población de las amenazas más graves. Paralelamente, se logrará una mejora sustancial en la calidad profesional, tanto de la abogacía como del sistema judicial en su conjunto, elevando los estándares de formación, desempeño y ética profesional.

Finalmente, el programa contribuirá a formar una nueva generación de costarricenses con una cultura arraigada de paz, ética y resolución pacífica de conflictos, sentando las bases de una sociedad más cohesionada y justa que privilegie el diálogo, la mediación y el respeto al Estado de Derecho como pilares fundamentales de la convivencia democrática.

OBJETIVO GENERAL

Transformar el sistema de justicia costarricense mediante la reordenación institucional, la modernización procesal y tecnológica y el fortalecimiento de la calidad profesional y ética, con el fin de concentrar los recursos judiciales en los delitos que verdaderamente amenazan la paz social, reducir drásticamente la mora judicial, eliminar duplicidades y conflictos de interés, y promover una cultura ciudadana de resolución pacífica de conflictos que garantice una justicia pronta, cumplida y al servicio de la estabilidad democrática de la República.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  1. Concentrar los recursos del sistema judicial en los delitos que verdaderamente amenazan la paz social y la estabilidad de la República.
  2. Reducir de manera drástica la mora judicial mediante reformas procesales, administrativas y tecnológicas.
  3. Reordenar el sistema de justicia para eliminar duplicidades, prevenir conflictos de interés y evitar la politización interna.
  4. Elevar la calidad profesional y ética de abogados, fiscales y jueces, para que el litigio sea de excelencia y la justicia, además de «pronta», sea «cumplida».
  5. Impulsar una cultura ciudadana de resolución pacífica de conflictos, con el fin de reducir la presión sobre el aparato judicial.

PROYECTOS

REFORMA ESTRUCTURAL DEL PODER JUDICIAL:

Separación del Ministerio Público del Poder Judicial.

Se propone la unificación del Ministerio Público y la Procuraduría General de la República en una sola institución: Procuraduría General de la República, adscrita a la Asamblea Legislativa. El Procurador General sería nombrado mediante propuesta del Presidente de la República y ratificado por la Asamblea Legislativa con mayoría calificada de 38 votos. Requiere reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. La Asamblea Legislativa ejercería un verdadero control político: se «vigila a los vigilantes», pudiendo solicitar cuentas al Procurador y, en caso de ser necesario, someterlo a juicio político.

GOBERNANZA JUDICIAL:

El modelo actual, en el que 22 magistrados deciden sobre asuntos administrativos en el Poder Judicial, resulta ineficiente y contrario al principio de especialidad. Los magistrados deben concentrarse en resolver derecho, no en permisos, nombramientos o vacaciones de jueces. La Corte Suprema de Justicia debe limitarse a sus funciones jurisdiccionales y abandonar la micro gestión administrativa. Los jerarcas de las instituciones del Poder Judicial, como el OIJ y la Defensa Pública, rendirán informes semestrales ante la Corte Plena, asegurando control prudente y constante. Se propone la creación de un «Ejecutivo Judicial» independiente, encargado de la gestión presupuestaria y operativa. Los magistrados se enfocarán exclusivamente en su labor jurisdiccional y en la política judicial de más alto nivel.

LIBERACIÓN DE RECURSOS DE TAREAS NO ESENCIALES:

Reforma al cobro judicial. Mediante modificaciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Cobro Judicial, se propone trasladar las funciones del cobro judicial a notarios públicos, siguiendo el modelo que ya opera en los fideicomisos de garantía. El cobro es una disputa entre privados; el Poder Judicial no debe convertirse en cobrador de bancos ni de emisores de tarjetas. Los notarios ya realizan remates en fideicomisos de garantía. Bajo el esquema propuesto, asumirían la tramitación de cobros judiciales, quedando la intervención judicial reducida a recursos de nulidad que resolverán únicamente sobre nulidades procesales y excepciones de pago y prescripción.

REFORMA DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL:

Proponemos una reforma al código procesal penal en los siguientes aspectos:

A. Sanciones procesales por incumplimiento del principio de justicia pronta. Se establecerán plazos taxativos para la conclusión de investigaciones y la resolución de juicios. El incumplimiento de dichos plazos acarreará sanciones disciplinarias e incluso penales para los funcionarios responsables. Ningún ciudadano debe permanecer indefinidamente bajo la amenaza de un proceso judicial que se convierta en una «pena de banquillo».

B. Prohibición de apelación de sentencias absolutorias por parte del Ministerio Público o la Procuraduría General de la República. El Estado tendría una sola oportunidad para probar la culpabilidad de una persona. Se propone premiar la eficiencia de los fiscales y sancionar administrativa y penalmente la negligencia.

C. Facilitación de procesos abreviados. Se eliminarán los extremos menores de las penas para permitir la negociación procesal dentro de una política criminal clara y transparente.

D. Arbitrajes penales y acción privada en delitos sin interés público comprometido. Para delitos contra la propiedad y otras infracciones sin un interés público relevante, se propone habilitar el arbitraje penal y la conversión de la acción pública en privada.

E. Control de la Información y Respeto al Principio de Privacidad Procesal. Se implementarán medidas concretas para revertir la filtración de información y el espectáculo mediático:

  • Prohibición expresa de shows mediáticos.
  • Tipificación como delito de la filtración de información confidencial.
  • Protocolos institucionales de comunicación centralizada.
  • Supervisión independiente en allanamientos y detenciones.

CONSTRUCCIÓN Y MODERNIZACIÓN DE CÁRCELES:

El hacinamiento carcelario constituye uno de los principales factores del fracaso del sistema penal. Revertir esta situación exige una política seria de construcción y modernización del sistema penitenciario, con dos objetivos centrales: la reducción del hacinamiento y la transformación de las cárceles en centros de reinserción social. Proponemos la construcción de nuevos módulos, la inversión en capacitación y trabajo productivo, clasificación efectiva y la implementación de programas de seguimiento postpenitenciario.

EDUCACIÓN CONTINUA EN DERECHO, ÉTICA Y PENSAMIENTO CRÍTICO:

Establecer programas obligatorios de actualización y certificación permanente para el ejercicio profesional de la abogacía, bajo la supervisión y rectoría del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

CREACIÓN DEL DELITO DE MALA PRAXIS JURÍDICA:

Tipificar la mala praxis jurídica como delito e implementar un régimen de sanciones administrativas efectivas que garanticen la responsabilidad profesional y protejan el derecho de acceso a la justicia de la ciudadanía.

CARRERA JUDICIAL E INDEPENDENCIA REAL:

Garantizar la independencia judicial mediante la prohibición de traslados entre cargos de juez, fiscal y defensor público, asegurando que los jueces sean nombrados exclusivamente mediante el sistema de carrera judicial y eliminando cualquier posibilidad de politización o conflicto de intereses institucional.

REFORMA DE LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL:

La Sala Constitucional enfrenta una saturación de asuntos, la mayoría recursos de amparo y hábeas corpus. Se propone la creación de Tribunales de Amparo y Hábeas Corpus, y una Sala que se concentre en acciones y consultas de constitucionalidad.

CAMBIO CULTURAL Y PREVENCIÓN SOCIAL:

Programa educativo nacional orientado a la resolución pacífica de conflictos, la honestidad y la ética cívica, desde primaria hasta secundaria.

JUECES DE MAZO Y ORALIDAD EN LOS PROCESOS JUDICIALES:

Avance hacia la oralidad plena en todos los procesos judiciales, creación de jueces de resolución inmediata para materias específicas.